Brasil: Implementación del sistema único e integrado de ejecución presupuestaria
Dificultades y retrasos en la implementación del sistema por parte de los municipios.

Autoridades del municipalismo de Brasil y del Tesoro Nacional mantuvieron una reunión con la finalidad de discutir la implementación del Sistema Único e Integrado de Ejecución Presupuestaria, Administración y Control Financiero (Siafic). Durante el encuentro, los funcionarios participantes manifestaron las dificultades que muchos municipios han enfrentado en la implementación de dicho sistema; motivo por la cual se encuentran incumplimiento los plazos previstos lo que dará lugar a multas a los directivos.
En este marco, las autoridades de hacienda manifestaron la intención de ayudar solicitando la formalización de un diagnóstico del estado de implementación del sistema por parte de los municipios. Para dar respuesta a lo solicitado, el Frente Nacional de Alcaldes (FNP) y la Asociación Brasileña de Secretarías de Finanzas (Abrasf) realizarán una encuesta detallada para presentar un diagnóstico a la STN, con el objetivo de identificar la etapa de implementación en los municipios y proponer un cronograma factible. La propuesta de un nuevo cronograma es consecuencia de las dificultades y obstáculos señalados por los municipios, entre ellos la pandemia y la contratación de personal de tecnologías de la información.
El Decreto Siafic, 10.540/2020 determina que las entidades públicas estarán obligadas a recopilar, a partir de enero 2023, la información y los datos contables, presupuestarios y tributarios en un único sistema informático, a cargo del Poder Ejecutivo. La elección de Siafic se inspiró en el sistema ya adoptado por la Unión. Sin embargo, la unificación de registros de datos e información está impregnada de peculiaridades y el plazo propuesto no fue suficiente para la mejora por parte de cientos de municipios. Cabe mencionar que entre las sanciones para la entidad que no cumpla con el plazo se encuentra la suspensión de las transferencias voluntarias (Art. 73 C, de la Ley Complementaria 131/2009).